lunes, 25 de abril de 2016

ESTACION 5






Hola, mi nombre es Jair Alfonso Acosta Fontalvo y la alternativa con la cual quiero realizar mi etapa productiva es por medio del contrato de aprendizaje, ya que es una meta para mi poder laborar para una empresa realizando lo que me gusta,tambien tendre estabilidad económica y laboral  de esta manera podre aplicar y complementar los conocimientos adquiridos durante mi etapa lectiva,estando en este ámbito laboral realizando lo que me gusta  afianzare a un mas mis conocimientos, y tendre la oportunidad tras tener un buen desempeño, de que dicha empresa me contrate directamente y así poder seguir adelante con mi proyecto de vida.
Para que todo esto sea posible quiero obtener en mi etapa lectiva todos los conocimientos necesarios,esto acompañado de la mejor actitud de mi parte y con la ayuda de Dios me llevara a ser la persona idónea para cumplir a cabalidad con las expectativas de dicha empresa y así seguir manteniendo el buen nombre del servicio nacional de aprendizaje SENA.

viernes, 22 de abril de 2016

ESTACION 3

                        ESTACIÓN   3
CASO 1
1. Mi respuesta a Federico es la siguiente:
Federico debe  solicitar nuevamente su carné puesto que  es un derecho recibirlo al momento de legalizar su matrícula, no importando la modalidad de su programa de formación sea presencial, virtual o combinada.
El capítulo 1 en el artículo 3 dice que se considera aprendiz SENA a toda persona matriculada en los programas de formación profesional de la entidad, en cualquier tipo de formación. Titulada o complementaria, desde las diferentes modalidades presencial, virtual o combinada, por consiguiente debe ser consiente e y vivenciar que derechos y deberes son correlativos e inseparables en su proceso formativo.

El capítulo 2  en el artículo 7  Dentro de los derechos del aprendiz Sena dice: Recibir en el momento de la legalización de su matrícula, el carné que lo acredite como Aprendiz del SENA.

2. En cuanto a la respuesta que le dio la líder de bienestar a Federico debo decir que fue equivocada, puesto que está estipulado en el reglamento del Sena que todo aprendiz tiene derecho a recibir su carnet al momento de legalizar su matrícula no importando la modalidad de su formación ya sea presencial, virtual o combinada.

CASO 4
1. Medidas Formativas. Las medidas formativas son aquellas acciones que se aplican al Aprendiz SENA cuando se trate de hechos que contraríen en menor grado el orden académico o disciplinario, sin afectar los deberes, derechos y prohibiciones, o que se adopta con el fin de prevenir su ocurrencia, o con el fin de generar cambios en el desempeño académico o en el comportamiento disciplinario del Aprendiz.
Son medidas formativas:
a. Llamado de atención verbal: Cuando se trate de hechos que contraríen en menor grado el orden académico o disciplinario, sin afectar los deberes, derechos y prohibiciones, o cuando sea necesario para prevenir la ocurrencia de hechos que vulneren esos deberes, derechos y prohibiciones, el aprendiz podrá recibir un llamado de atención verbal por parte del (los) Instructor, el Coordinador Académico, el(los) responsable(s) de Bienestar, o el Subdirector del Centro. Este llamado de atención verbal no constituye una sanción.



b. Plan de Mejoramiento académico: Es una medida adoptada para definir acciones de formación, previo agotamiento de estrategias pedagógicas del instructor e iniciativas del aprendiz, el Plan de Mejoramiento es un documento que consigna acciones concertadas entre el Aprendiz y el Instructor o el Coordinador Académico, que se formula durante la ejecución del programa de formación para garantizar el logro de los resultados de aprendizaje, el cual deberá ejecutarse dentro del término de un (1) mes contado a partir de la concertación del mismo con el Aprendiz. Cuando se le ha realizado un llamado de atención escrito o condicionamiento de matrícula; el Plan de Mejoramiento será firmado por el Aprendiz.  Plan de mejoramiento deberá contemplar nuevas actividades de aprendizaje, para el logro de los objetivos del proceso formativo; se deben identificar el o los resultados de aprendizaje que no han sido alcanzados y las evidencias de aprendizaje que debe presentar el aprendiz para evaluar su logro.

 c. Plan de mejoramiento disciplinario: Es una medida adoptada para definir acciones de carácter comportamental, actitudinal o social, para propiciar en el Aprendiz cambios en su conducta, cuando se le ha impuesto sanción disciplinaria consistente en llamado de atención escrito o condicionamiento de matrícula; este plan debe ser firmado por el Aprendiz y deberá contemplar la falta cometida y las evidencias de cambio en el comportamiento que se esperan en un período máximo de un (1) mes contado a partir de la concertación respectiva.
2: Las sanciones que se pueden aplicar al aprendiz por faltas académicas o disciplinarias son:
 a. Llamado de atención escrito: Medida sancionatoria que se impone a través de comunicación escrita dirigida por el Coordinador Académico o de Formación del Centro al Aprendiz, con copia a la hoja de vida, como resultado del procedimiento establecido en este Reglamento, por la falta académica o disciplinaria cometida por un aprendiz. Los llamados de atención escrito implican compromisos escritos por parte del aprendiz en el proceso de formación.

 b. Condicionamiento de la matrícula: Acto académico sancionatorio que se impone al Aprendiz que incurra en una falta académica o disciplinaria, previo agotamiento del procedimiento establecido en este Reglamento.
 3. los  Estímulos o incentivos. Son beneficios y distinciones que se otorgan a los aprendices, como reconocimiento o valoración de actuaciones meritorias o logros sobresalientes obtenidos en los ámbitos del aprendizaje, actitudinal, investigativo, innovador o profesional.
Los estímulos e incentivos forman parte del Plan Nacional Integral de Bienestar de los Aprendices y de aquellos que, mediante alianzas o convenios, se adopten para beneficio de los aprendices, entre ellos están:

a. Recibir mención de honor por su proceso investigativo o innovador, durante su proceso de aprendizaje.

c. Ser designado como monitor de un tema específico en el cual demuestre competencia, en el programa de formación, en la especialidad y actividades de formación que requiera su aporte.